SEGURO DE CONVENIO
MERCANTIL 130/75

El Convenio Colectivo de Empleados Mercantiles (130/75), obliga a contratar un seguro de vida en caso de fallecimiento o incapacidad de los empleados, que es adicional e independiente de las obligaciones de la Ley Contrato de Trabajo.

Coberturas
Suma asegurada
Fallecimiento por cualquier causa
$8.467.133
Incapacidad total y permanente
$8.467.133

La suma asegurada es el múltiplo de sueldo de un empleado tipo Administrativo clase A del Convenio Mercantil. La suma indicada corresponde a partir del 1º de febrero de 2024. 

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    Cobertura otorgada por CNP Assurances Compañía de Seguros S.A. constituida bajo las leyes de la República Argentina e inscripta en fecha 19/10/95 bajo el  9740 del libro 117, tomo A de S.A de la Inspección General de Justicia, con domicilio en Marcelo T. de Alvear 1541, CUIT  30-68240862-2, Tel 0800-777-7267. cnp.com.ar. Sus operaciones son independientes del Grupo CNP Assurances. Los accionistas limitan sus responsabilidades al capital aportado.